¿Quiénes somos?

La Iglesia Católica ha tributado constantemente a la Virgen María una especial piedad y culto. El culto mariano guadalupano está en la base de la historia cristiana de México y en él se apoya también la evangelización de todo el Continente Americano.

El Santuario del Tepeyac, del que la sagrada imagen de la Virgen María de Guadalupe es el corazón, ya desde el siglo XVI ha sido meta continua de peregrinos, procedentes no sólo de la Nación Mexicana sino también de todo el Continente Americano. Aquí han fortalecido su fe las generaciones sucesivas, encontrando la fuerza necesaria para dar testimonio de la fe en el Evangelio de Jesucristo y para mantenerse fieles a ella.

También hoy son innumerables los devotos de la madre y Reina Guadalupana, de cualquier edad, profesión y clase social, que acuden cada año, unidos por el mismo Amor a la Virgen Santísima y la conciencia de pertenecer a la Iglesia Católica.

La Basílica de Santa María de Guadalupe fue reconocida como Santuario Nacional por la Conferencia del Episcopado Mexicano, el 17 de noviembre de 1983.
Los fines principales del Santuario y de sus actividades pastorales son:

a) Promover el culto público a la Virgen de Guadalupe, Reina de México y Patrona de América.
b) Atender pastoralmente a los peregrinos que cada día en mayor número visitan a Santa María de Guadalupe.

El Santuario, como lugar privilegiado de la pastoral popular, tiene el deber de ofrecer abundantemente a los fieles peregrinos los medios de salvación, especialmente:

1) El acceso frecuente a la Palabra de Dios
2) La promoción de una intensa vida litúrgica, especialmente en las celebraciones de la Eucaristía y del Sacramento de la Reconciliación.
3) Las formas privilegiadas de la devoción popular especialmente la mariana.
4) La caridad hacia los más pobres y necesitados.

(Breve Apostólico Praestantem Pietatem. Juan Pablo II, 1998 y Estatutos)

El Santuario Nacional de la Virgen de Guadalupe se encuentra bajo la tutela del Arzobispo Primado de México y también, por ser nacional, de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) a través de un Consejo Nacional formado por algunos obispos elegidos por la CEM.

El Arzobispo Primado de México preside el Consejo Nacional y tiene bajo su jurisdicción también el Cabildo de Guadalupe, conformado por un colegio de sacerdotes nombrados canónigos por doctrina e integridad de vida.

El 6 de marzo de 1749, con un decreto episcopal, el entonces Arzobispo de la Ciudad de México, Mons. Manuel Rubio Salinas, erigió el Cabildo de Guadalupe, a quien encomendó la atención pastoral y la administración del santuario

.

El 26 de enero de 1750, Benedicto XIV con la Bula Romanus Pontifex confirmó el decreto del Arzobispo, y el 22 de octubre de 1750 el Cabildo tomó posesión.

El 12 de diciembre de 1998 el Papa Juan Pablo II (+) emitió un nuevo ordenamiento jurídico para el Santuario con base en consultas previas con diversas instancias eclesiales. De esta manera, desaparece la figura del Abad y establece la de Rector del Santuario Nacional quien es el Canónigo Presidente del Cabildo Colegial y tiene también la responsabilidad ordinaria de toda la actividad pastoral y administrativa del Santuario.

El Cabildo Colegial tiene a su cargo mantener el ministerio cultual, litúrgico y sacramental del Santuario, con la ayuda del grupo de capellanes. Realiza todos los días el rezo de laudes y la Eucaristía Solemne.

(Breve Apostólico Praestantem Pietatem. Juan Pablo II, 1998)

 
Canónigos Efectivos
 
  Canónigos Honorarios
 
   
 
 
     
  Canónigos Eméritos
 
 
   
 
     
     
  Capellanes de Coro
 
El grupo de Capellanes del Santuario, a tenor del Breve Pontificio Praestantem pietatem 6 y de los ESNG, 17, 2 está constituido por los sacerdotes que, de manera estable, son auxiliares del Cabildo en el ejercicio pastoral litúrgica y sacramental, de la que es responsable, bajo la dirección del Rector del Santuario.

 

Sacerdotes adscritos
  Diáconos Permanentes
     
  Estudiantes
 
 
     
 
 
   

El Cabildo Colegial es responsable del ejercicio ordinario del ministerio sacerdotal en el Santuario, bajo la dirección y coordinación del Rector del Santuario (Praestantem pietatem, 11).

Estatutos del Santuario de Santa María de Guadalupe. Artículo 17 §1.

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